La Jueza consideró que se encuentran acreditados los extremos necesarios para habilitar esta investigación, toda vez que se han consignado las circunstancias de tiempo, modo y lugar, se han enunciado las pruebas colectadas hasta el momento y se ha podido demostrar que esta causa ha tenido movimiento procesal con trabajo por parte de la Fiscalía. "No se advierte violación de las garantías de la Sra. Vázquez", señaló en respuesta al planteo efectuado por la defensa.
En la audiencia oral y pública la Fiscal Cendón, señaló que esta causa ha tenido una actividad procesal permanente a lo largo de estos dos años, con la realización de una pluralidad de pericias. En este marco destacó tres de ellas, las que habilitaron esta presentación. Cendón destacó el informe del Servicio de Biología Forense y de la CONEA, ambos detectaron rastros de pólvora en la mujer imputada. Por otro lado la pericia balística realizada por el perito Roberto Nigris, describió la trayectoria descendente del proyectil, lo que no permite sostener la hipótesis de una lesión realizada por la propia víctima. Cabe señalar que adhirieron a la formulación los abogados querellantes Marcos Miguel y Estanislao Cazeaux.
La mujer imputada fue asistida por el defensor particular Pablo Irribarren , quien solicitó la caducidad de instancia por vencimiento de plazos, fundamentando su planteo con doctrina y jurisprudencia. Como se mencionara este planteo no fue aceptado por lo que Iribarren realizó reserva de impugnación.-
Comunicación Judicial
Tercera Circunscripción