El Tribunal, resolvió también, en función del artículo 74 del Código Procesal Penal, imponer como restricción a los medios de comunicación la prohibición de publicar o difundir el nombre de la víctima y/o cualquier otra circunstancia personal que permita su individualización. Ello en cumplimiento de la petición de la damnificada para no exponerse durante el proceso ni en forma pública. En la parte resolutiva, los jueces resolvieron además que en la audiencia se la mencionara con sus iniciales.
Iniciado el debate, fiscalía y defensa expusieron sus alegatos de apertura con las respectivas hipótesis del caso.
La fiscalía acusó a Rubén López y a Luis Abramovich por el delito de abuso sexual con acceso carnal ocurrido en la madrugada del 20 de noviembre de 2016 en el domicilio de Cipolletti donde residía el sindicalista y por entonces diputado provincial Rubén López.
El 21 de mayo, en la audiencia de control de acusación, las partes arribaron a una convención probatoria. Es decir, los defensores aceptaron que los acusados, la víctima y otras personas estuvieron la noche previa (el 19 de noviembre) en una peña que se realizaba en el salón de eventos La Ponderosa de Fernández Oro y en un local bailable de Cipolletti.
Durante los alegatos de apertura, los defensores afirmaron que probarían que el abuso sexual no ocurrió.
En la jornada de hoy comenzaron a declarar siete testigos: tres en el horario de mañana y cuatro previstos por la tarde.