A partir de este veredicto, se realizará una audiencia de cesura donde las partes debatirán únicamente la pena que se impondrá.
La Fiscalía estuvo representada por Martín Pezzetta y la Defensa por Marcelo Caraballo.
La Jueza Alejandra Berenguer explica: “se acreditó sobradamente la presencia del acusado con el occiso el último día que este fue visto con vida, no logrando la defensa acreditar la presencia de terceras personas que pudieran haber dado muerte a Trecanao en su propia vivienda, también se tiene por cierto que a pesar de los planes realizados la víctima nunca llegó a Neuquen a saludar a su madre”.
Además agrega: “lo cierto es que efectivamente no se puede tener por acreditado el motivo del hecho traído a nuestro conocimiento, por ausencia de probanzas al respecto, las que sólo quedaron en simples afirmaciones sin sustento fáctico alguno”.
Por último, la Magistrada afirma: “todo lo expuesto, testimonios rendidos, pericias llevadas a cabo, análisis de las fotografías colectadas, hallazgos en la autopsia y demás pruebas aportadas, permite al Tribunal arribar a la conclusión que Julio Cesar Coñequeo dio muerte a Eleuterio Trecanao en la fecha y modalidad por la que fuera acusado y traído a juicio”.