Recientemente, un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Cipolletti confirmó la sentencia de primera instancia del Juzgado Civil N°3.
La indemnización alcanzó los rubros de “daño físico e incapacidad sobreviniente” debido a que el motociclista sufrió politraumatismos y la pericia arrojó una incapacidad del 17,5%. También se incluyeron los gastos de medicación, de tratamiento psicológico y el “daño moral”.
En cuanto a la responsabilidad de los padres, el Código Civil en su reglamentación vigente al momento el suceso determina en el artículo 1114 que: "El padre y la madre son solidariamente responsables de los daños causados por sus hijos menores que habiten con ellos, sin perjuicio de la responsabilidad de los hijos si fueran mayores de diez años".
Dice el fallo: “Por lo tanto pese a que la parte demandada ha argumentado culpa de la víctima para eximirse de responsabilidad, no se ha logrado probar ni demostrar de modo alguno, por lo que no cabe más que desestimarla. Ante el vacío de mayores indicadores que sustenten la postura argumental de los demandados, debemos abocarnos a lo efectivamente probado en autos, de lo que resulta determinante que el cuatriciclo conducido por la menor, que transitaba sin luces y en forma antirreglamentaria, gira sin señalización alguna en forma intempestiva a la izquierda, motivo por la cual el motociclista ahora actor, no pudo prever su aparición para realizar alguna maniobra tendiente a evitar el impacto”.