“En tal sentido, ha quedado demostrado a partir de los dichos de M. (el testigo presencial) quien precisó que nadie bajó, que el conductor de la camioneta, inmediatamente de producido el impacto, realizó maniobras hacia atrás y hacia adelante, hasta que el rodado menor se desenganchó" del mayor, e inmediatamente éste siguió circulación a mayor velocidad", concluyó el magistrado.
Walter David Mejia, de 38 años, fue condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión efectiva y diez años de inhabilitación para conducir vehículos. Se le atribuyó la calificación legal de homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un automotor.
El juez valoró en su contra que inmediatamente después del hecho realizó maniobras para desenganchar el vehículo menor e intentó fugarse, siendo detenido por personal policial a distancia considerable del lugar del ilícito. “Antepuso todos sus intereses personales sobre la situación de una persona, lesionada por un impacto de tal intensidad que estallaron los vidrios de una camioneta de gran porte, y realizó maniobras para desenganchar el vehículo menor. Todo lo que denota en su actuar posterior una absoluta falta de empatía hacia la situación de su víctima”, surge de la sentencia.
El fiscal Martin Pezzetta, quién intervino en el debate, destacó la resolución del tribunal y sostuvo que por las características del hecho “debía aplicarse una pena de prisión efectiva”. Recordó que el siniestro tuvo lugar antes de la reforma del Código Penal que agrava las penas por los homicidios culposos y que desde un primer momento el Ministerio Público Fiscal se opuso a que se otorguen beneficios procesales tales como la suspensión de juicio a prueba que fue requerida por la defensa del imputado.
El hecho ocurrió el 3 de abril de 2015, de madrugada. El fallo es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelado. Además de la fiscalía y la defensa, en el caso intervino la familia de la víctima como querellante.