Desde el sitio de la Oficina Judicial se puede ir al sitio de Juicio por Jurados en dónde están las claves para comprender el proceso, considerando que desde marzo del 2019 rige el juicio por jurados, de acuerdo a lo estipulado por la Ley 5020, sancionada por la Legislatura de Río Negro. De esta manera, los ciudadanos rionegrinos participan personalmente en la administración de la Justicia Penal como miembros de un jurado popular y definen sobre la culpabilidad o no de otro ciudadano en la comisión de un delito grave.
¿Qué es la Oficina Judicial?
El Código Procesal Penal de Río Negro (Ley N° 5.020) instaurado en agosto de 2017 establece de forma estricta la separación entre la actividad jurisdiccional ejercida por los jueces y la actividad administrativa, quedando ésta última asignada a un nuevo organismo: la Oficina Judicial Penal de Río Negro (OJU).
La OJU es un organismo administrativo, que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional de los Foros de Jueces y Juezas de nuestra provincia. Se encuentra integrada por una Dirección General de Oficinas Judiciales y por 4 (cuatro) Oficinas Judiciales Circunscripcionales.
Sus funciones principales son organizar las audiencias, dictar las resoluciones de mero trámite, ordenar las comunicaciones y emplazamientos, disponer la custodia de objetos secuestrados en los casos que corresponda, llevar los registros y estadísticas, dirigir al personal auxiliar, informar a las partes y colaborar en los trabajos materiales que indiquen los magistrados.
Esta nueva ley instrumentó un sistema acusatorio adversarial centrado en la realización de audiencias orales, con una alta dependencia tecnológica, a diferencia del código procesal anterior que representaba un sistema inquisitivo o inquisitorial, basado en el trámite de expedientes escritos.