El primer fallo analizó la responsabilidad objetiva que tuvo el conductor de la Fiat Strada como dueño o guardián de una “cosa riesgosa”. Esa teoría del riesgo conjugada con los requisitos que la Ley 24.449 de Tránsito permitió concluir que “el comportamiento del demandado importó una conducta contraria a la normativa, que configura una grave violación a los deberes de prudencia, y consecuentemente le cabe responder por los daños causados, y a la citada en garantía en la medida del seguro”, surge de la sentencia.
El artículo 41 de la Ley de Transito establece que todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta.
En la apelación, el tribunal analizó los distintos planteos de las partes y terminó por resolver el monto final de la indemnización que es de 1.783.231,45 de pesos.