Este año la conciliación laboral fue receptada en la nueva ley que regula el funcionamiento de los CIMARC (Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos) y ahora mediante la Acordada 039/2020 del Superior Tribunal de Justicia (STJ) se dispuso la obligatoriedad para el resto de las circunscripciones donde la instancia todavía es voluntaria.
La instancia de conciliación se puede transitar indistintamente ante los CIMARC o ante la Secretaria de Estado de Trabajo, sin embargo, la Acordada supedita la obligatoriedad a los tiempos que determine el titular de esa Secretaria que depende del Poder Ejecutivo.
Se abordan a través de la conciliación todas las cuestiones laborales que tramiten ante las Cámaras del Trabajo, salvo algunas excepciones previstas en la norma.