La pareja, sea casada o solo conviviente, puede acordar en un convenio regulador todo lo que deriva del divorcio o la separación, como es el ejercicio de la responsabilidad parental, la atribución de la vivienda y la distribución de los bienes.
“Para eso el Poder Judicial dispone de la ayuda de otras disciplinas y de la mediación, garantizando que ninguno quede en injusta desventaja a raíz de la ruptura”, se explica.
Todas las parejas, casadas o no, se deben asistencia mutua. Tienen ahora el derecho de solicitar una compensación en caso que uno quede en grave desequilibrio económico como consecuencia de la separación.
Finaliza: “Ya no se debe demostrar ninguna causa específica para poder divorciarse. Así, el nuevo Código facilita el derecho a no continuar casado”.
El video está disponible en https://www.youtube.com/watch?v=cdyemRl61-o&list=PLTX8vcRofbrnWWXqKy9q87EBYibM8xc4Z&index=4