Sin embargo, merced a los nuevos derechos que incorporó el Código Procesal Penal esa decisión no significa que el caso quede automáticamente cerrado, porque la víctima puede hacerse de la acción penal e impulsar personalmente la investigación.
En primer lugar, puede pedir que el Superior revise la decisión de la Fiscalía que ordenó el archivo y si la respuesta es favorable un nuevo Fiscal deberá seguir adelante con el caso. Si la respuesta es negativa la víctima siendo querellante puede pedir al juez o jueza continuar la causa en forma autónoma convirtiendo la acción penal pública en una acción privada. En ese caso la función de la víctima a lo largo del proceso será similar a la que cumple el fiscal pudiendo solicitar el auxilio judicial para las diligencias que no pueda realizar por si misma.
Además el código dispone que todas las denuncias que son desestimadas o archivadas pueden reabrirse si aparece una nueva información de relevancia.
El video explicativo está disponible en https://www.youtube.com/watch?v=owV--l6y2tM