El caso del hombre de 41 años se resolvió en la Cámara Laboral de Cipolletti y su expediente tramitó durante el periodo de aislamiento social, preventivo y obligatorio (Aspo) por la pandemia del Covid-19. De todas formas, como el servicio de justicia continuó, una de las audiencias se realizó en forma remota a través de videollamada. Luego los jueces dictaron la sentencia.
El episodio fue considerado como un accidente laboral ya que el trabajador, al advertir que se estaba produciendo un incendio en el predio de la empresa, buscó un balde y cargó agua varias veces desde una acequia hasta sofocar las llamas. En uno de esos trayectos, se cayó y se lesionó el codo.
La pericia médica analizó las lesiones y sugirió un porcentaje de incapacidad laboral del 13,11%. Los jueces admitieron esa cifra y practicaron el cálculo de la indemnización.
Tuvieron en cuenta no sólo el porcentaje de incapacidad, sino la edad del trabajador al momento del accidente y el salario percibido. La fórmula está disponible para la consulta pública en la pagina web institucional del Poder Judicial www.jusrionegro.gov.ar
La indemnización que percibirá el trabajador por parte de su ART es de 300.194,63 pesos.