Nov 16, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Por Zoom se realizó la charla informativa sobre Adopción

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El equipo de profesionales que trabaja la temática de la adopción en el Poder Judicial evacuó dudas y distintas consultas respecto al procedimiento. Participaron cerca de 30 personas, algunas en pareja y otras de manera individual. La charla informativa es previa y tiene carácter obligatorio antes de llenar el formulario de inscripción y completar el resto de los requisitos establecidos por el RUAGFA.

El Registro Único de Aspirantes a Guardas con Fines Adoptivos (RUAGFA) es el único camino para concretar una adopción según la legislación argentina. Por ello, antes de formalizar la inscripción se realizan charlas periódicas para que las personas interesadas puedan tomar la decisión con la mayor información posible.

En el encuentro de ayer, Marta Bordón, responsable del Registro de la Cuarta Circunscripción, presentó al equipo de profesionales que trabaja la temática desde Cipolletti. Participaron Lucrecia Rizzi, Diana Berton y Marco Delavaut Romero de los Equipos Interdisciplinarios de los Juzgados de Familia y del Departamento de Servicio Social del Poder Judicial.

En la presentación se aclaró a los casi 30 participantes que la adopción es la única herramienta prevista para garantizar el derecho a crecer en familia de niños, niñas y adolescentes sin cuidados parentales. Por eso el Estado se encuentra obligado a buscarle una familia a esos niños y niñas.

La Adopción

El proceso de adopción es más rápido y sencillo desde la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación de 2015. Es un proceso judicial que requiere un fuerte trabajo interdisciplinario y que está cargado de mitos, dudas y temores tanto de los niños como de los adoptantes.

El principio que guía a todo el sistema es el interés superior del niño, niña o adolescente y su derecho a tener una familia. Por eso el proceso de adopción sólo pude iniciarse luego de que fracasen todos los intentos del Estado por restablecer una vinculación saludable entre ellos y su familia de origen. Agotada esa instancia, cuando los expertos de los equipos técnicos concluyen que lo mejor para el niño es buscar una familia por fuera de aquel grupo, comienza la etapa de selección de los postulantes inscriptos que resulten más acordes con las necesidades de ese niño o adolescente. En ese lapso, el juez o jueza de Familia declara su “estado de adoptabilidad” y los chicos permanecen en instituciones (hogares) o bajo el cuidado de familias transitorias (familias de acogimiento).

El equipo del RUAGFA busca entre las y los postulantes inscriptos a aquellas personas o familias que, en un primer análisis, pueden resultar compatibles. Al inscribirse, las familias construyen su perfil adoptivo con los equipos técnicos. En ese punto, el Registro apunta a incorporar personas o familias que se adapten al nuevo paradigma del sistema, que puedan apartarse de la idealización de adoptar bebés o niños muy pequeños y tengan apertura para unirse a niños más grandes o adolescentes, a grupos de hermanos o a chicos que requieren especial atención por razones de salud. También se apunta a familias que puedan respetar el derecho a la identidad de origen de los chicos y la relación que podrían conservar con algunos integrantes de su familia biológica.

Aprendizaje mutuo y paulatino

Llegado el momento de comenzar la relación con el niño o niña, las entrevistas y diagnósticos de compatibilidad con la familia que quiere adoptar se hacen más profundos. Sólo después de superada esa instancia comienza un proceso acompañado y paulatino de vinculación entre ellos.

La instancia de vinculación no tiene un plazo legal rígido. Avanza con el acompañamiento de los equipos técnicos hasta afianzarse los lazos que permitirán dar el siguiente paso: la guarda con fines adoptivos.

El proceso de guarda dura un máximo de seis meses, durante los cuales se evalúan las primeras dinámicas de la convivencia y aparecen los matices de cómo se forjará esa relación familiar.

Los equipos técnicos que asisten en todo el proceso valoran esa compatibilidad y finalmente es el juez o jueza de Familia quien, luego de haber garantizado al niño su derecho a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta, dicta la sentencia la adopción.

Proceso sin costo

El proceso de adopción puede concretarse sin costo para los padres adoptivos, aunque aquellos que prefieran el patrocinio de un abogado particular pueden contratarlo y asumir la regulación de los honorarios que el juez fije al final del juicio, según la ley de aranceles.

La opción de ser asistidos por la Defensa Pública, en tanto, no tiene restricciones en función de la situación económica de los interesados en adoptar. En ese sentido, la Defensoría General del Poder Judicial ha establecido que el proceso de adopción es, esencialmente, en favor del niño o adolescente, por lo que no puede condicionarse el acceso de ninguna de las partes al proceso por razones económicas.

Una tercera opción es la iniciación del juicio “de oficio” por parte del juez de Familia. Es una facultad que otorga la ley para impulsar el trámite de la adopción sin necesidad de que lo soliciten los interesados, siempre que se hayan cumplido sin inconvenientes los seis meses de guarda con fines de adopción.

Más información:

Video Camino de Encuentro: https://youtu.be/taLua5YdvjM

Web Adopción del Poder Judicial: http://servicios.jusrionegro.gov.ar/inicio/web/acceso-a-justicia/adopcion/

Micro sobre el nuevo sistema de adopción: https://youtu.be/vZWbFvoNUdE

 

 

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