El juez Fernando Sánchez Freytes, tras el juicio de cesura, le impuso al hombre la pena solicitada por la fiscalía, que fue de un año de prisión. Valoró algunas de las atenuantes enumeradas por la defensa y consideró como agravantes que los abusos fueron "sorpresivos" para la joven y separados en el tiempo, que utilizó violencia física para sujetarla y que todo se produjo en un contexto de violencia de género. También pesó como agravante la diferencia de edad (él es casi 10 años mayor), y el "aprovechamiento de la confianza que le brindó la familia de la víctima", donde lo trataban “como un hermano”. La chica, además, tiene rasgos de personalidad que la hicieron especialmente vulnerable a los ataques. Por último, el juez consideró como un agravante que el hombre haya sido "el director del coro y diácono de la iglesia a la que concurría la familia".
En el juicio se valoró especialmente el testimonio de la víctima, de una hermana y de los profesionales que la asisten, además de las pericias psicológicas. Para el juez, el relato de la joven fue “coherente, seguro, firme, se descartan errores de percepción, animosidad, intencionalidad o mendacidad deliberada de su parte”.
El hombre fue declarado culpable del delito de "abuso sexual simple, dos hechos en concurso real, y en un marco de violencia de género" a la pena de un año de prisión en suspenso y el pago de las costas del proceso. El magistrado aclaró que no se impusieron más medidas porque no fueron solicitadas por las partes y los jueces tienen prohibido imponerlas de oficio.
Cuando la condena se encuentre firme, el hombre será registrado en el Registro Provincial de Agresores Sexuales (ReProCoins)
El fallo dictado a finales de junio no está firme puesto que las partes aún tienen plazo para interponer recursos. La defensa había solicitado en primer lugar la absolución del acusado, afirmando que todo fue una “fabulación basada en un cuadro de salud mental de la denunciante”. En el juicio de cesura pidió la pena mínima legal, que es de 6 meses de prisión.
Mientras tanto, la parte querellante impulsa la continuación de otro proceso para investigar hechos similares que habría sufrido la misma víctima, por parte del mismo sujeto, pero a muy temprana edad. Sobre la denuncia de esos hechos existe un planteo de prescripción que fue recurrido por la querella.