El hombre se encontraba detenido en el penal de Viedma, purgando una condena por delitos contra la propiedad. Cuando la fiscalía expuso toda la prueba, entre los que se encontraban testimonios y pericias sobre las líneas telefónicas utilizadas, el defensor aceptó el ofrecimiento para abreviar el juicio.
En ese contexto el imputado admitió haber sido el autor de los llamados amenazantes y aceptó la pena un año de prisión. Como tiene antecedentes, la nueva condena es de cumplimiento efectivo por lo que seguirá detenido.
Su nombre no se consigna aquí para proteger a la víctima y a la hija que tienen en común.
El delito de amenazas está contemplado en el Código Penal de la Nación y prevé una pena de prisión de seis meses a dos años para quien impartiere amenazas con el fin de alarmar o amedrentar a una o más personas.
El juicio abreviado
Es una modalidad de juzgamiento que permite llegar a una condena mediante un acuerdo entre el acusado, la defensa, el fiscal y la víctima. Es una herramienta que aporta celeridad y economía al proceso penal. Una solución rápida y consensuada del conflicto.
El imputado debe reconocer su participación en el delito y aceptar la pena que le proponga la fiscalía. Para llegar al acuerdo se hace una audiencia oral y pública con todas las partes. En el mismo acto el juez o jueza evalúa la propuesta. Puede aceptarla y dictar la condena o rechazarla.
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