Algunas de esas acciones fueron cambiarlos reiteradamente de empleador y traspasar bienes -chacras, galpones, etc.- de una sociedad a otra, generando el vaciamiento de la gran empresa original y dejando a los obreros en una empresa sin capital.
La historia de cada trabajador es prácticamente idéntica: comenzaron a mediados de los '90 o comienzos de la década del 2000 en las chacras que su primer empleador poseía en Villa Regina, Ingeniero Huergo y General E. Godoy. En 2004 ese empleador, junto con su esposa, formaron una SRL y transfirieron allí a todos los empleados para continuar con las mismas tareas. Y en 2005, la misma pareja formó una Sociedad Anónima a la que transfirió más de una docena de chacras, empaque y frigorífico. En esa triangulación empresarial los obreros trabajaron sin inconvenientes durante un tiempo, hasta que en 2009 dejaron de pagarles los aportes. Luego, en 2016 fueron transferidos a una nueva Sociedad Anónima, recién creada y sin capital significativo, la que en 2017 comenzó a interrumpirles los pagos y finalmente dejó de darles tareas. Los trabajadores pidieron por carta documento a la nueva empresa que les aclare su situación laboral y que les asigne trabajo en alguna chacra, pero ante el silencio de la empleadora, a mediados de ese año todos se consideraron despedidos e iniciaron el reclamo judicial.
La demanda fue iniciada por un grupo mayor de trabajadores, pero algunos de ellos alcanzaron acuerdos de conciliación particulares y finalmente 14 obtuvieron la sentencia, que les asignó indemnizaciones de entre 1 y 4 millones de pesos a cada uno en función de sus diferentes escalafones y circunstancias particulares.
La condena a indemnizar fue dictada “en forma conjunta y solidaria” contra el dueño inicial de todas las chacras, su esposa, la SRL y la SA que juntos formaron, la SA que finalmente dejó sin empleo a los obreros, y el representante de esta última empresa, quien había contratado con las otras en carácter de “fiador principal pagador”.
Para la Cámara, las “maniobras fraudulentas” se verificaron en el “funcionamiento del conjunto económico en perjuicio de los trabajadores”, que incluyó la “transferencia de los contratos laborales” a “una empresa vacía de capital” que, por lo tanto, era incapaz “de afrontar los pasivos que podrían llegar a producirse con los trabajadores”. También se vio en la interrupción del pago de las cargas sociales a partir de 2009 y en “la confusión de patrimonios, de administración, de ganancias, gestiones y otros beneficios” entre todas las empresas que estaban relacionadas pero que en definitiva reportaban los beneficios a la misma pareja de empresarios que fundó el “conjunto económico”.
El art. 31 de la Ley de Contratos de Trabajo dice: “Siempre que una o más empresas, aunque estuviesen cada una de ellas personalidad jurídica propia, estuviesen bajo la dirección, control o administración de otras, o de tal modo relacionadas que constituyan un conjunto económico de carácter permanente, serán a los fines de las obligaciones contraídas por cada una de ellas con sus trabajadores y con los organismos de seguridad social, solidariamente responsables, cuando hayan mediado maniobras fraudulentas o conducción temeraria”.