Tras analizar la documentación y testimonios presentados por la trabajadora, la Cámara Laboral Segunda de Roca hizo lugar a la demanda y condenó a la empleadora no sólo por el despido sin justa causa y los salarios liquidados por debajo de la escala, sino que triplicó la indemnización porque la relación laboral no estaba registrada, porque la mujer fue despedida durante la vigencia de un decreto nacional de emergencia ocupacional y porque fue forzada a hacer un juicio para hacer valer sus derechos.
En el juicio se tuvo por probado que la mujer llevaba cinco años trabajando como “asistente geriátrica”, tarea que incluía limpiar las habitaciones y demás dependencias del asilo y servir alimentos, cuidar, vestir, higienizar, suministrar medicamentos y efectuar curaciones a los ancianos y las ancianas allí alojados. Trabajaba 6 horas, de lunes a lunes, con un franco semanal. A veces hacía horario nocturno y horas extras, pero no se lo pagaban correctamente. Como su contrato no estaba registrado, no percibía aportes, aguinaldos ni los beneficios de la seguridad social.
“La desidia y el comportamiento desaprensivo de la empleadora no sólo privó a su trabajadora de tener una adecuada respuesta frente a los reclamos efectuados, sino que además le vedó la posibilidad gozar de vacaciones pagas, licencias adecuadas, de los correspondientes SAC, obra social, jubilación, entre muchos otros beneficios”, advirtió la Cámara en su sentencia. “Quedó demostrado que la demandada menospreció el trabajo, la integridad psicofísica y la salud de su dependiente”, señaló el fallo.
De la demanda surge que, tras ser despedida verbalmente, la mujer le envió una carta documento a la dueña del asilo. Le reclamó que blanquee la relación laboral y que le pague todos los rubros adeudados “bajo apercibimiento de considerarse despedida”. Ese mismo día recibió como respuesta otra carta documento donde la empleadora desconoció el trabajo realizado por la asistente geriátrica y además dijo “no haberla visto nunca”.
Como no prosperó la audiencia de conciliación llevada adelante ante la Delegación de Trabajo, la mujer tuvo que iniciar el expediente judicial. Tras evaluar las pruebas que presentó la afectada, y ante el absoluto silencio de la demandada, quien no contestó la demanda dentro del plazo legal, la Cámara condenó a la dueña del asilo a pagar una indemnización de más de 2,4 millones de pesos.
Esa suma incluye la indemnización básica por el despido sin causa, la falta de preaviso, los salarios y aguinaldos no percibidos, los reajustes de haberes que había cobrado por debajo de la escala salarial los últimos dos años y los intereses acumulados.
Pero además se sumaron tres agravantes previstos por las leyes laborales: una duplicación de la indemnización básica por la falta de registración del empleo, un 50% más por haber obligado a la trabajadora a reclamar por la vía judicial y otra duplicación por haberla despedido durante la vigencia del decreto de emergencia pública en materia ocupacional, que fue dictado en 2019 por el Ejecutivo Nacional y ha sido prorrogado sucesivamente hasta la actualidad.