El acusado fue juzgado en tres oportunidades: la primera vez, en 2019, por un robo simple; la segunda vez por los daños y amenazas y hoy por la desobediencia a una orden judicial. En total cumplirá diez meses de prisión efectiva. Actualmente se encuentra detenido.
Por el hecho de las macetas hubo en 2021 un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y la defensa particular del imputado. Cómo el hombre ya había sido juzgado en 2019 por un robo en la vía pública el fallo lo condenó a prisión efectiva.
En esa causa le atribuyeron los delitos de daños y amenazas en contexto de violencia de género. A lo largo del proceso la fiscalía solicitó medidas cautelares para proteger a la víctima. En consecuencia la jueza de garantías resolvió una prohibición de acercamiento a 300 metros de la mujer y el monitoreo electrónico del acusado.
El área de Género de la Secretaría de Estado de Seguridad y Justicia de la provincia aplicó un sistema dual, que funciona con una tobillera o pulsera para el imputado y otro dispositivo para la víctima. Esa modalidad contempla un área prohibida de 200 metros. Es decir que cuando el agresor ingresa a la zona de exclusión se envía la alerta a las autoridades.
En este caso, como el hombre traspasó el área prohibida se inició una segunda causa penal por desobediencia a una orden judicial. Por ese episodio se hizo un juicio abreviado hoy y el juez homologó el acuerdo en diez meses de prisión efectiva.
Daños y amenazas en contexto de violencia de género
El 23 de abril del año pasado el hombre quiso entrar a la casa de su expareja. Pateó la puerta luego de sacudir la reja con candado. Después amenazó a la mujer y le rompió la ventana con una macetas. Tiempo después, las autoridades dispusieron la colocación del dispositivo dual.
Por los dos casos se hicieron juicios abreviados. La primera condena, dictada en 2019, había sido en suspenso por un robo simple, también ocurrido en Cinco Saltos. Luego, y en función de los antecedentes, el acusado empezó a recibir penas efectivas.
La identidad del condenado no se difunde para resguardar a sus hijos, que son menores de edad.