El sueño de la casa propia para una pareja de Cipolletti quedó frustrado el día que fueron a escriturar y no apareció la vendedora. La ubicaron un mes después con la intervención de un escribano y un abogado, pero la mujer alegó que se habían vencido los plazos del contrato y deshizo el negocio. Ahora tendrá que indemnizarlos por más de un millón de pesos.
A finales de la semana próxima cerrará la posibilidad de solicitar correcciones en el padrón provisorio, de cara a las elecciones provinciales -y en algunos casos municipales- que se desarrollarán el 16 de abril.
El padrón puede consultarse en la página web del Poder Judicial de Río Negro, en el link https://jusrionegro.gov.ar/web/institucional/tribunal-electoral/padron-provisorio-buscar.php
Un hombre del Valle Medio pasó meses atormentado por una catarata de problemas con una empresa de telefonía celular. Entre finales de 2016 y mediados de 2017, la compañía le quiso cobrar por siete líneas telefónicas que figuraban a su nombre pero que él jamás había contratado; luego le cortó la única línea que sí era suya, que estaba al día y que usaba para hablar con su mamá de 80 años, quien vivía en otra provincia; después lo informó como deudor moroso al Veraz y lo intimó mediante un estudio jurídico de cobranzas; por último, le envío a su casa un chip de celular que él nunca había pedido. “Parecía una tomada de pelo”, dijo el cliente en su demanda.
Un hombre de Cipolletti consiguió suprimir su apellido paterno luego de demostrar en el fuero de Familia las “connotaciones negativas” que su uso le provocaba. Su padre lo reconoció en la adolescencia, pero después perdieron el contacto. En la actualidad no se identifica con él y eso le provoca frustraciones profesionales y familiares.
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro aprobó, en el marco del primer Acuerdo Institucional del año, el Plan de Formación Integral que implementará la Escuela de Capacitación Judicial durante el 2023.
El Plan reúne las propuestas formativas que han sido definidas y seleccionadas como resultado del análisis de diversas fuentes informativas. Con ese insumo, se determinan las necesidades de capacitación a satisfacer durante el año judicial.
El Superior Tribunal de Justicia anuló una sentencia de la Cámara Civil Comercial Minería Familia y Contencioso administrativo de la Tercera Circunscripción Judicial y ordenó un nuevo pronunciamiento. El fallo del STJ contiene definiciones sobre la perspectiva de género como herramienta metodológica y el análisis de la prueba en el fuero de Familia.
Dos hombres que fueron contratados para impedir la circulación en un campo de Catriel reclamaron salarios y una indemnización por despido por los servicios prestados. Demandaron al encargado del establecimiento rural, que en el medio de una disputa con un campo vecino, los convocó para hacer un corte de un camino interno. Les pagó 10 mil pesos, de manera informal. En el juicio afirmó que los había llamado porque eran “conocidos piqueteros”. La Cámara Laboral de Cipolletti rechazó la pretensión y le impuso el pago de los gastos del proceso.
El Superior Tribunal de Justicia confirmó un fallo que permite a un policía recibir una indemnización laboral por accidente en pesos y no en bonos. Para ello, se declaró la no aplicabilidad de la Ley 5429 para este caso en particular.
En su momento, el policía inició una demanda laboral para ser indemnizado por un accidente laboral. El agente prestaba servicios cuando se requirió el auxilio a las víctimas de un siniestro vial. Mientras circulaba a alta velocidad, con premura por llegar, los frenos del patrullero no funcionaron y chocó contra un camión.
La caída de una niña de diez años del transporte escolar parecía un golpe sin mayores complicaciones. Sin embargo, dos días después dejó de caminar, terminó internada y debió ser sometida a operaciones por una compleja fractura. Hubo un reclamo civil y se fijó una indemnización que ronda los cuatro millones. Ocurrió en Cipolletti.
Una compañía financiera tendrá que indemnizar a un hombre del Valle Medio con más de 900.000 pesos por haberlo declarado ilegalmente como moroso en el registro de deudores del sistema financiero. El afectado ya había señado la casa que quería comprar cuando descubrió que los bancos no le daban créditos hipotecarios porque figuraba como deudor “categoría 3” en el banco de datos Fidelitas S.A.