Juicio por Jurados

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Desde marzo del 2019 rige el juicio por jurados, de acuerdo a lo estipulado por la Ley 5020, sancionada por la Legislatura de Río Negro. De esta manera, los ciudadanos rionegrinos participan personalmente en la administración de la Justicia Penal como miembros de un jurado popular y definen sobre la culpabilidad o no de otro ciudadano en la comisión de un delito grave.

Este mecanismo es uno de los últimos de una larga serie de reformas paradigmáticas en el acceso a justicia y en la aplicación de los procedimientos. En Agosto de 2017 se implementó la Reforma Procesal Penal, que implicó una mayor celeridad y transparencia para el proceso, ya que todas sus instancias se resuelven en audiencias orales y públicas.

Claves para comprender el juicio por jurados

  1. No es necesario saber de derecho: De modo simple, un juez explicará al jurado los aspectos jurídicos del caso. Los ciudadanos darán su veredicto basándose en todo lo que vieron y escucharon durante el juicio, guiados por su buena fe y sentido común.
  2. Los jurados se eligen por sorteo: Una lista general de posibles jurados se sortea una vez al año del Padrón Electoral. Para cada juicio se sortea de esa lista a un grupo de personas, que pasan a una Audiencia de Selección hasta conformar un jurado imparcial.
  3. Es una carga pública: Para ciudadano designado es obligatorio asistir. Su empleador, sea el Estado o un privado, justificará su inasistencia y no podrá descontarle el día. También se reconocerán posibles gastos de transporte y comida.
  4. Son requisitos: Ser Argentino mayor de más de 18 años con residencia en la zona donde ocurrió el delito y no tener condenas por delitos dolosos. Abogados y funcionarios públicos no pueden ser jurado. Tampoco Auxiliares de Justicia ni los miembros activos de seguridad ni los referentes religiosos.
  5. Reflejo de la sociedad: Para integrar el jurado la ley dispone que se debe buscar equilibrio de géneros y edades, intentando que la mitad de sus integrantes pertenezca al mismo entorno social y cultural de la persona juzgada.
  6. Sólo para los casos más graves: Los juicios ante jurados populares se utilizarán para los delitos más graves y siempre que el fiscal anticipe que pedirá una pena mayor a 12 años de prisión. Si el fiscal anuncia una pena menor el juicio será ante los jueces profesionales.
  7. ¿Cuántos miembros tiene el jurado?: El jurado popular estará integrado por 12 miembros.
  8. Deben ver y escuchar todo el juicio: En el juicio recibirán, sin intermediarios, todas las pruebas, testimonios y alegatos. Con esa información deberán decidir si la persona acusada es o no es culpable del delito.
  9. Deliberación secreta: Para llegar al veredicto el jurado discutirá en una sesión absolutamente secreta. Esa deliberación puede durar hasta dos días. Para asegurar su tranquilidad, podrán pedir un régimen de resguardo o incomunicación.
  10. ¿Qué pasa si de la deliberación no surge una decisión unánime de culpabilidad?: En los jurados de 12 miembros, alcanza con 10 opiniones para declarar la culpabilidad. Si no se obtiene esa mayoría la persona acusada debe ser absuelta, porque significa que el jurado tiene dudas y no está seguro de estar ante el culpable.

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