Inmediatamente la empresa hizo la denuncia ante la ART, que reconoció la contingencia como accidente de trabajo. Luego le realizaron estudios, curación y sutura de la herida cortante en el Sanatorio Austral. Fue sometido a sesiones de kinesiología hasta que la ART le dio el alta médica.
Sin embargo, el trabajador presentaba signos de dolor e inició una demanda judicial. Al presentarse el apoderado de la ART de Hipertehuelche, Experta ART S.A, aseguró que el alta médica estaba bien dada.
Los jueces plantearon el quid del litigio: “ante el reconocimiento que la propia ART demandada hiciera del accidente denunciado, en tanto le brindó las prestaciones en especie, la temática a decidir, al estar al planteo del accionante es la relativa a la incapacidad que presenta como consecuencia del siniestro, para después determinar las prestaciones dinerarias correspondientes, si las hubiere”.
La pericia médica se explicó que el trabajador: “Manifiesta dolor en antebrazo a la movilización en particular y a la flexión dorsal de la muñeca con disminución de la fuerza. Sin dolor a la palpación” y estableció el porcentaje de incapacidad permanente.
Tras analizar la totalidad de las pruebas, los magistrados condenaron a Experta ART S.A. a abonarle al trabajador, la suma de 1.156.022,15 pesos, en concepto de prestaciones dinerarias por incapacidad laboral, diferencias en el pago de la Incapacidad Laboral Temporaria e intereses.