Sep 12, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Un hombre de 41 años aceptó acompañar a un conocido suyo desde Cipolletti hasta Roca. Viajaban en un Peugeot 206 con otras dos personas y en inmediaciones del acceso Güemes de Allen, por la Ruta 22, protagonizaron un siniestro vial con un camión Mercedes Benz con acoplado. El fallo civil determinó que existió responsabilidad compartida por parte de los conductores y fijó una indemnización superior al millón de pesos.

Según la mecánica del accidente, el Peugeot realizó una maniobra de adelantamiento y el camión, repentinamente, dobló a la izquierda para ingresar a Allen. Pese a la frenada del auto más chico, la colisión fue inevitable.

El fallo, que es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado, concluyó que ambos conductores tuvieron responsabilidad por los daños provocados. En primer término, el Peugeot iba a excesiva velocidad y tenía prohibido adelantarse en un tramo de 300 metros justamente porque había un acceso a la ciudad. El camión, en cambio, debió esperar que el resto de los vehículos cruzaran antes de atravesar la ruta, previa señalización de la maniobra considerada “riesgosa”. Todas esas previsiones están determinadas en la Ley de Tránsito.

Dice la sentencia:  “en este punto, el perito accidentológico determinó que con respecto a las maniobras de los vehículos, accidentológicamente podemos confirmar con seguridad que el conductor del camión realiza acción de maniobra inadecuada, pues la maniobra correcta a realizar para trasponer una vía de circulación de estas características, es esperar la liberación total de la misma, pues claramente poner en movimiento una unidad vehicular de gran porte sin los recaudos necesarios para tal fin, es extrínseca e intrínsecamente peligroso. La maniobra del conductor del camión, significa que tiene que esperar que se libere la ruta, la cual tiene que trasponer. De hecho, tal giro, en las condiciones que lo realizó, lo marcan como el aspecto determinante de la causal del hecho que se investiga. Por su parte el Peugeot 206 realiza maniobra de sobrepaso en un lugar donde dicha maniobra se hallaba prohibida 300 mts. antes del lugar de la colisión, de hecho lo hace a una alta velocidad, la cual estaba restringida por señalización vial de velocidad máxima de 60 km/h a 350 mts. antes del acceso, lugar donde se consuma el accidente.”

Las pericias concluyeron que el porcentaje de incapacidad total, comprensivo de las lesiones físicas y psíquicas que sufrió el acompañante, fue del 76,92%. El hombre sufrió fracturas y escoriaciones y debió ser intervenido quirúrgicamente para la colocación de clavos.

La demanda prosperó por los rubros de incapacidad sobreviniente (daño físico y psíquico) equivalente a 580.051,72 pesos, daño moral por 400.000 pesos, gastos de farmacia y transporte por 30.000 pesos, lo que totaliza la cantidad de 1.010.051,72 pesos. Deberán responder en un 50% cada uno los dos conductores, el del Peugeot y el del Mercedes Benz, y sus compañías de seguros.

La sentencia es del Juzgado Civil N°1 de Cipolletti.

 

 

 

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Un grupo de ocho obreros de la empresa constructora “Las Dos A” ya lleva trabajando más de un mes en la refuncionalización edilicia del edificio de San Martin 425 de Catriel. Allí funciona el Juzgado de Paz, la Casa de Justicia con delegación del Centro Judicial de Mediación, Defensoría, Fiscalía y un Salón de Usos Múltiples.

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Video de la apertura en: https://www.youtube.com/watch?v=DKP0T_YSEok&feature=youtu.be

 

Comenzó la Diplomatura sobre Argumentación Jurídica, organizada por la Escuela de Capacitación Judicial, la UNRN, el Colegio de Magistrados y los colegios de abogados de toda la provincia. Se trata de la formación más extensa brindada en la historia de la Escuela, en combinación con la Universidad Nacional de Río Negro.

La Diplomatura combina la modalidad presencial con la transmisión vía streaming, logrando que participen profesionales de la abogacía y la magistratura de toda la provincia. Se extenderá por más de un año.

En la apertura estuvieron presentes la jueza del STJ y presidenta de la Escuela de Capacitación, Liliana Piccinini, el juez del máximo Tribunal Enrique Mansilla; el Vicerrector de la Sede Atlántica de la Universidad Nacional de Río Negro, Anselmo Torres, junto al capacitador del módulo inicial.

En primer término Anselmo Torres destacó la importancia que tiene establecer una formación en la que vayan de la mano las instituciones académicas, el Poder Judicial y los colegios profesionales. Asimismo, expresó su satisfacción por formar parte de la coordinación y recalcó que “la Universidad está abierta a todos quienes quieran participar y quienes quieran establecer algún tipo de actividad conjunta”.

Luego, la presidenta de la Escuela de Capacitación Judicial, Liliana Piccinini, se refirió al concepto de “vacancia” en la formación académica y la organización judicial respecto a la temática: “esta es una manera que hemos encontrado para suplir alguna vacancia para determinadas franjas etáreas que no nos podemos dar el lujo de decir “a mi me ensañaron argumentación jurídica en la facultad”.

En segundo término destacó que “el esfuerzo para organizar esta Diplomatura viene de distintos sectores y nos llevó mucho tiempo. No es fácil lograr la aceptación de este tipo de actividades porque es un esfuerzo que viene también desde el lado de la profesión, no solamente desde la Magistratura. Todos los Colegios de Abogados han contribuido y están co-organizando esta actividad académica. El Colegio de Magistrados también participa”.

La jueza del STJ resaltó a “aquellos profesionales que se comprometen con la excelencia y cumplen con el deber ético de ser cada vez mejores y de estar cada vez más capacitados. Señalo lo del principio ético porque en este Poder Judicial desde hace muchos años hemos adoptado el Código de Bangalore. Y uno de los principios se refiere a las competencias y a las capacidades. Esto implica el mejoramiento y la capacitación permanente de los operadores del sistema jurídicos para estar aggiornados a la aplicación del Derecho”.

Más adelante se refirió al porqué de la formación en argumentación jurídica: “Argumentar es motivar. Dando motivos cumplimos razonablemente con una manda en nuestra Constitución Provincial. Argumentar o razonar es una actividad que consiste en dar razones a favor o en contra de una determinada tesis que pretendemos sostener o refutar. Ese modo de argumentar o razonar puede tener la validación formal -que es la aprendida-, la material y la pragmática. Acá no veremos cual es la mejor, sino como podemos condensar de manera armónica los tres métodos”.

Por último afirmó: “estoy convencida que cuando terminen esta Diplomatura vamos a tener mejores profesionales que vengan a litigar y a argumentar su postura que es lo mejor que le puede pasar a un juez, que es tener un profesional que sepa argumentar sus posturas. Vamos a tener un producto de administración de justicia que nos permita dar un paso adelante con respecto al déficit de credibilidad y de legitimación que esta teniendo el Poder Judicial frente a la sociedad”.

“Este es el pensamiento del STJ y lo hemos dicho muchas veces cuando hablamos de nuestro Plan Estratégico. La Escuela también tiene este objetivo: lograr un mejor servicio de justicia a través de todos los operadores del sistema”, explicó.

Finamente, se refirió a la necesidad de estrechar la brecha generacional en la formación: “Estemos preparados, porque esto que para nosotros son vacancias, para las nuevas generaciones no lo serán. Y los jueces van a tener que argumentar de manera concisa y bien instrumentada para que sus sentencias tengan la validación de la credibilidad y la argumentación precisa no solamente para el justiciable y los litigantes, sino para que el servicio de justicia adquiere la calidad que el ciudadano se merece”.

La vocal del STJ agradeció al Secretario Académico de la UNRN, Juan Manuel Otero y al coordinador académico de la Diplomatura, Luciano Minetti Kern, que fue el encargado de presentar los aspectos metodológicos centrales de la formación.

La modalidad

Se dictarán 4 clases presenciales en cada una de las cuatro Circunscripciones Judiciales, totalizando 16 módulos por viernes y sábados de cinco horas cada uno, los que serán transmitidas on-line mediante videoconferencia para todos los participantes que no pertenezcan a la sede en la cual se desarrollará la clase presencial, y además permanecerán disponibles para el alumnado en formato audiovisual en la Plataforma de Educación a Distancia de la Escuela de Capacitación Judicial del Poder Judicial de Rio Negro.

Las temáticas que se tratarán son: ¿Por qué debemos argumentar y para qué? ¿Qué argumentar? ¿Cómo hacerlo? Para intentar dar respuestas a esas preguntas que serán el eje de la “Diplomatura en Argumentación Jurídica” se atravesarán las áreas del Derecho Constitucional, la Filosofía y Teoría General del Derecho, las modernas Teorías de la Comunicación, aspectos psicológicos y sociológicos de lo que implica la Argumentación Jurídica. Se abordará la temática del razonamiento judicial y la argumentación forense utilizada en el ámbito del derecho en base a casos prácticos y ejercicios que permitan observar la temática, inserta en el ejercicio diario de la profesión.



 

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La Cámara Laboral Primera de Roca condenó a la provincia de Río Negro y a la ART Horizonte a indemnizar al hijo de un suboficial de la Policía quien murió por inhalación de monóxido de carbono dentro del patrullero en el que cumplía su servicio.

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Al resolver un amparo, la jueza Adriana Zaratiegui hizo lugar al pedido de una paciente oncológica de Viedma, de 32 años, para que la obra social OSECAC le brinde de manera urgente una medicación que había sido indicada para su tratamiento.

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Un hombre de Catriel que hostiga constantemente a su expareja en un contexto de violencia de género deberá cumplir 60 días de prisión preventiva. Infringió reiteradamente las órdenes de las juezas de Paz y de Familia, estuvo arrestado en varias oportunidades e incluso ingresó a un organismo oficial mientras la víctima solicitaba ayuda y resguardo.

El juez de garantías Marcelo Gómez dictó 60 días de prisión preventiva y envió al hombre a un establecimiento penal. La fiscalía, en ese mismo plazo, llevará al acusado a juicio. Surge del expediente por Ley 3040 que a principios de este año la jueza de Paz de Catriel Georgina Garro dictó una prohibición de acercamiento como medida de protección de la víctima. Luego intervino la jueza de Familia de Cipolletti Marissa Palacios, quién primero ratificó la disposición y después ordenó días de arresto por nuevos hechos de hostigamiento.

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Un padre fue condenado a pagar la suma de 100 mil pesos en concepto de daño moral por haber tardado dos años en reconocer a su pequeña hija. Surgió del expediente que al principio tuvo dudas sobre la paternidad pero nada hizo hasta que la madre de la niña promovió un juicio de filiación. La jueza de Familia de Cipolletti Marissa Palacios basó su resolución en el derecho a la identidad de la niña y en la incertidumbre generada por la conducta omisiva del progenitor.

Un fallo de primera instancia hizo lugar al reclamo por daño moral que promovió la madre de la niña en contra del padre por la falta de reconocimiento. Durante el proceso quedó probado mediante testigos que ambos progenitores habían mantenido una relación de noviazgo aunque, al momento del nacimiento, el padre no concurrió a reconocer a su hija.

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El Poder Judicial de Río Negro participa con protagonismo en la Jornada Internacional “Juzgando con perspectiva de género” que se realiza este jueves en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, organizada por la Oficina de la Mujer del máximo tribunal del país. De las provincias, solo cuatro fallos fueron elegidos para ser tratados y uno de ellos es un pronunciamiento del STJ rionegrino.

La presidenta del Superior Tribunal de Justicia, Adriana Zaratiegui, fue invitada a coordinar, en ese marco, el taller sobre “Género y violencia económica”, junto con Gustavo Hornos, juez de la Cámara Federal de Casación Penal. La jueza de la Corte, Elena Highton de Nolasco, acompañó la presentación.

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Una mujer, adulta mayor, que sufre una discapacidad motriz y mental encontró una solución por parte del Estado luego de un abordaje interinstitucional. Finalmente, por resolución judicial, se ordenó a la obra social la cobertura integral de su internación en un hogar para adultos.

En el abordaje intervinieron áreas del Poder Ejecutivo y dos organismos judiciales: el Juzgado de Paz y el Juzgado Civil N°9 de Cipolletti.

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Con tareas de movimiento de suelo y colocación de cartelería, se iniciaron las obras de la construcción del Juzgado de Paz de la localidad de Coronel Belisle, que estará ubicado en la Calle Don Bosco, esquina con Coronel Belisle.

Contará con 90 metros cuadrados cubiertos y permitirá que el organismo cuente con un edificio propio, adecuado a las necesidades de empleados, empleadas y ciudadanía en general.

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