Nov 23, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

 

Desde hoy está vigente el nuevo Código Contravencional de Río Negro, que define y sanciona conductas que alteran la buena convivencia social pero que no tienen la misma gravedad que un delito penal. Los jueces y las juezas de Paz de toda la provincia son las autoridades judiciales exclusivamente competentes para intervenir ante las contravenciones bajo las pautas que define la nueva Ley N° 5592, publicada hoy en el Boletín Oficial de la Provincia.

Para conocer y analizar los trascendentales cambios que incorpora la norma, los y las 49 jueces de Paz se reunieron hoy en Roca para una intensa jornada de capacitación e intercambio, de la que también participaron la jueza del Superior Tribunal de Justicia, Cecilia Criado; el Inspector de Justicia, Pablo Zille, y el legislador Lucas Pica, coautor de la nueva ley junto con su par Facundo López.

Participaron también la Directora y la Subdirectora de la Dirección de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, Norah Aguirre y Verónica Martínez, porque el nuevo Código Contravencional incorpora y fomenta la utilización de métodos de solución consensuada para los conflictos, en la búsqueda de brindar soluciones rápidas a los problemas vecinales cotidianos y evitar su escalada hacia confrontaciones que puedan alcanzar mayor gravedad.

Además, participó el Director de la Oficina Judicial Penal de Roca, Juan Manuel Tartaglia, por las derivaciones al ámbito penal que pueden tener las apelaciones que se presenten contra las sanciones contravencionales que impongan los jueces y juezas de Paz.

 

Una ley necesaria

Durante el encuentro en Roca se destacó la urgencia que existía en Río Negro para reemplazar el texto del viejo Código Contravencional, que estaba vigente desde 1969 “y se encontraba totalmente desfasado de la realidad y de las necesidades de la sociedad actual”, explicó la jueza Criado.

La nueva ley incorpora como contravención la figura del “acoso callejero” y agrava las penas previstas para casos de maltrato animal y daño ambiental, y deja de cuestionar conductas y expresiones de la identidad que la vieja ley reprimía, justamente porque era reflejo de un paradigma sociocultural actualmente agotado gracias al avance de los derechos humanos.

El nuevo Código se basa en cuatro lineamientos específicos con el objetivo primordial de ser una herramienta para la pacificación social. En primer lugar, se reformulan los “tipos contravencionles” y se suprimieron artículos de la vieja ley que afectaban las libertades individuales.

En segundo lugar, se modificó el modo de intervención del Poder Judicial ante esas conductas. Ahora, la mayoría de las acciones contravencionales son de instancia privada, es decir que se necesita la denuncia de la persona afectada para iniciar una causa. Sin embargo, son de acción pública y no necesitarán denuncia las contravenciones que afecten la integridad de las personas, como el acoso callejero, las afectaciones a niños, niñas y adolescentes, las que generan riesgos de incendio, las faltas relacionadas con el medio ambiente y las contravenciones detectadas “in fraganti”, entre otras.

El tercer cambio sustancial es la incorporación de los métodos autocompositivos de resolución de conflictos, para que la participación de un mediador o mediadora puedan facilitar una solución rápida a los problemas vecinales que se reflejan en las contravenciones.

El cuarto aspecto es la eliminación de la figura de la reincidencia en el ámbito contravencional, ya que la ley incorpora nuevas maneras en las que el Estado puede responder a una conducta disvaliosa de este tipo.

Las sanciones que prevé el nuevo Código inician con amonestaciones y van en aumento según la gravedad y particularidad de la conducta, pasando por prohibiciones de asistir a determinados lugares, pautas de conducta específicas, reparación del daño causado, trabajo comunitario, abordaje interdisciplinario, multas, inhabilitaciones, decomiso, clausura y arresto.

 

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Un inspector de tránsito de Bariloche realizaba sus tareas de manera habitual en las calles de la ciudad, cuando al bajarse de la grúa en la que se encontraba trabajando se abrió y cerró la puerta fuertemente, impactando la zona inguinal derecha del trabajador. 

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Un albañil comenzó a prestar servicios en una empresa constructora de la capital provincial. Armaba andamios, levantaba paredes, rovoques fino y grueso, armado de contrapisos y losas, entre otras cuestiones. También llevaba a cabo tareas de pintura, colocación de yeso y lijado.

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Una mujer que se desempeñaba en una confitería de Cipolletti promovió un juicio por todas las irregularidades del vínculo laboral. El día que la despidieron le dijeron: “andate, no me servís más” y no le pagaron lo que correspondía. La sentencia no solo le dio la razón a la cocinera sino que notificó a los organismos de control al advertir trabajo no registrado.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) habilitó el concurso público para un cargo de profesional de la psicología forense destinado a la región de Valle Medio. La decisión se adoptó en función del incremento de la demanda de pedidos periciales, cuestión que se refleja en las estadísticas del Poder Judicial. La inscripción puede realizarse hasta el 5 de octubre a través de la página institucional.

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El Superior Tribunal de Justicia ordenó, mediante una Acordada, la instalación de salas de lactancia en los edificios judiciales de Roca, Cipolletti, Villa Regina y Bariloche, replicando la positiva experiencia de la que funciona en el complejo judicial de Viedma desde hace poco más de un año. Esos espacios están destinados “al personal judicial que alimente a hijos e hijas de hasta dos años de edad”.

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Una medida cautelar del fuero de Familia de Cipolletti dispuso la prohibición de acercamiento de un hombre a la madre de sus hijas. Se probó en el proceso que él llamó al área de Recursos Humanos de la empresa donde trabaja la mujer para hablar mal de ella. Anteriormente había publicado en un medio de comunicación circunstancias de su vida personal. Desde el juzgado se hizo un serio llamado de atención al demandado.

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Una moto y una camioneta Jeep protagonizaron un incidente vial en la esquina de San Luis y Mariano Moreno de Cipolletti. Era de noche, había un corte de energía eléctrica y no funcionaban los semáforos. Por el episodio hubo un juicio civil y el fallo adoptó la solución de culpas compartidas. El damnificado recibirá una indemnización.

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Un joven que sufrió un accidente en una escuela secundaria podrá recibir su indemnización en pesos y no en bonos. Teniendo en cuenta situaciones particulares de vulnerabilidad, a través de un fallo judicial se evitó que sea alcanzado por la Ley de Emergencia Económica, que establece que los pagos superiores a medio millón de pesos podrán hacerse en títulos públicos.

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El miércoles 27 de septiembre se desarrollará una videoconferencia sobre “Masculinidades, Género y Violencias”, a cargo del sociólogo Sebastián Fonseca. La actividad es organizada por la Oficina de Derechos Humanos y Género del Poder Judicial de Río Negro.

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