Sep 12, 2024 Última actualización 12:03 PM, Mar 9, 2023

Una mujer que conducía Chevrolet Cruze circulaba por la ruta 22 y en inmediaciones de Isla Jordán descendió a la banquina y luego intentó realizar un giro en “U”. A raíz de esa maniobra, un motociclista que circulaba en la misma dirección chocó el auto y sufrió lesiones, entre ellas una fractura expuesta de fémur.

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Jueces y juezas de los fueros Laboral, Civil y de Familia, y titulares de sus respectivas secretarías, recibieron hoy en Roca una capacitación sobre "La evidencia digital: criterios de obtención y valoración de la prueba".

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Tres personas que se desempeñaban en una empresa privada encargada de la cocina del Hospital Artémides Zatti deberán ser reincorporadas a su trabajo. Fueros echadas unos días después de afiliarse al gremio ATE, presentaron un amparo y la Cámara Laboral de Viedma le hizo lugar, ordenando su restitución al puesto laboral.

Una de las personas cumplía tareas desde el año 2013 para distintas empresas que habían tenido concesionada la cocina del Hospital. Las otras dos, hacían lo propio desde 2017. En julio de este año se afiliaron a ATE. Nueve días después, la empresa Compañía Integral de Alimentos S.A. les notificó la extinción del contrato laboral.

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El fuero civil analizó en un encuentro en Bariloche diferentes modelos de gestión de España, Mendoza y los recientemente implementados en nuestra provincia a través la Oficina de Tramitación Integral del Fuero Familia (OTIF) y la del Fuero del Trabajo (OTIL), con el objetivo de modernizar las estructuras vigentes para mejorar el servicio de justicia.

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Por medio de un trámite judicial, la Justicia Civil de Cipolletti autorizó a dos hermanas y a un hermano a inscribir a su nombre la camioneta marca Ford, modelo F100, tipo Pick-Up, del año 1962 que su padre había adquirido en la década del ’80.

El propietario falleció en 2002 y las dos hijas y el hijo fueron declarados herederos en la sucesión. Sin embargo ocurrió que la camioneta no poseía los papeles que acreditaban la compraventa en el año 1983, ni la cédula verde ni el titulo. Los herederos consignaron que esa documentación se había extraviado con el paso del tiempo.

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La Cámara Laboral de Cipolletti determinó que una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) deberá indemnizar a una portera de un colegio privado de la ciudad. La mujer circulaba con dos jarras de agua caliente por la escalera del establecimiento, perdió el equilibrio y sufrió quemaduras. La suma se fijó en 172 mil pesos más intereses.

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Unas 35 personas asistieron ayer a la convocatoria que impulsó el RUAGFA de Cipolletti con el objetivo de dar información y evacuar dudas sobre el proceso de Adopción.

El Registro Único de Aspirantes a Guardas con Fines Adoptivos (RUAGFA) es el único camino para concretar una adopción, según la legislación argentina.

La charla informativa es previa y tiene carácter obligatorio antes de llenar el formulario de inscripción y completar el resto de los requisitos.

Marta Bordón, responsable del Registro de la Cuarta Circunscripción, informó hoy que asistieron unas 35 personas a la charla informativa que se realizó ayer. Incluso participaron interesados que viajaron desde Roca.

“En la charla, el equipo de profesionales que trabaja la temática desde el Poder Judicial explicó cómo funciona el registro, los tiempos del proceso, las estadísticas nacionales y locales y las pretensiones de los interesados”, explicó Marta Bordón. Agregó que no todas las personas que asisten a la charla informativa luego se inscriben en el registro. Los y las profesionales abordan la diferencia entre ser padres y madres biológicas y ser por medio de la adopción. “Se derriban algunos mitos y expectativas y a veces deciden que no están preparados o no tienen las capacidades y herramientas y entonces no se inscriben”, sostuvo.

En este momento el registro de la Cuarta Circunscripción tiene once inscriptos. “La idea central es que el niño o niña tenga una familia”, resaltó la responsable.

Una vez inscriptas, las personas comienzan a participar de una serie de talleres anuales que ofrece el equipo de profesionales del Poder Judicial.

Marta Bordón recordó que los interesados pueden comunicarse al teléfono 5678300 interno 247 o personalmente al edificio judicial de Yrigoyen 387 de Cipolletti. Por correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Las y los profesionales dependientes del Poder Judicial y vinculados a la temática son Diana Bertón, Daniel Ocampo, Sandra Jara, Lucrecia Rizzi y Marcela Torrecillas.

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Un trabajador rural que reparaba un arado sufrió un accidente cuando quien manejaba el tractor activó el sistema hidráulico y le apretó la mano izquierda. El hecho sucedió en una zona cercana a Viedma.

Fue asistido de urgencia en el hospital de Carmen de Patagones, se le practicó una sutura de 20 puntos y se le realizaron un serie de estudios médicos complementarios. Le prescribieron medicación -antibióticos y antiflamatorios- y rehabilitación hasta el alta médica, que se produjo dos meses después del accidente.

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El Superior Tribunal de Justicia rechazó los recursos extraordinarios presentados por los defensores de diez personas condenadas por su vinculación con una organización delictiva dedicada al robo de petróleo crudo en Roca.

La sentencia original, dictada por la ex Cámara Criminal Tercera de Roca, fue confirmada en instancia de casación por el STJ en dos fallos: uno de diciembre de 2018 y otro de abril de 2019. Contra esas decisiones, que ratificaron las calificaciones legales y las penas aplicadas a cada uno, los defensores interpusieron sus respectivos recursos extraordinarios con el propósito de llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Todos los planteos fueron ahora rechazados por el STJ.

Los jueces del máximo tribunal coincidieron en que las defensas no lograron “poner en evidencia la arbitrariedad (...) o la gravedad institucional que se habrían configurado en el caso y, consecuentemente, no es posible habilitar la excepcional intervención del máximo tribunal de la Nación”.

Los defensores plantearon afectaciones a diversas garantías constitucionales y arbitrariedad de las sentencias, con consideraciones específicas respecto de cada uno de los imputados. Cuestionaron la aplicación de la figura de asociación ilícita y reclamaron que no hubo una “revisión integral de la condena” por parte del STJ, entre otros agravios.

El Fiscal General, por su parte, opinó que los recursos extraordinarios debían ser rechazados por no reunir los requisitos formales que exige la Corte Suprema para admitir un caso provincial. Además, opinó que “la sentencia atacada ha respetado los estándares internacionales y constitucionales”, afirmando que las defensas “realizan una mera remisión a principios y garantías constitucionales, pero sin demostrar el concreto menoscabo que el fallo les ha ocasionado”. Tampoco advirtió el Fiscal General “la configuración de una cuestión de gravedad institucional que amerite la intervención de la Corte Suprema”.

El Superior Tribunal coincidió en que no estaban cumplidos los requisitos de presentación que prevé la Corte para los recursos extraordinarios y que, aún soslayando esa situación, la argumentación de fondo tampoco es suficiente para abrir la instancia, dado que los defensores “básicamente reiteran planteos y críticas ya formulados previamente, los que han sido debidamente tratados” en las sentencias de casación.



El caso

El caso de la llamada “Banda del Crudo” terminó en 2017 con las condenas a José Luis Olivetto a 10 años de prisión como autor de asociación ilícita, agravada por ser el organizador; robo en despoblado y en banda; tenencia de armas de fuego de uso civil y de guerra y portación de arma de fuego de uso civil, y a Oscar Daniel Araño a la pena de 7 años y 6 meses de prisión como autor de asociación ilícita y robo en despoblado y en banda.

En tanto que Javier Tomas Doleschan fue condenado a 5 años de prisión por robo en despoblado y en banda y uso de documento privado falso y Lisandro Manuel Álvarez fue condenado a 7 años de cárcel por asociación ilícita y robo en despoblado y en banda.

Por su parte, Víctor Darío Olivetto Bordalonga fue condenado a 3 años en suspenso por asociación ilícita y portación de arma de fuego civil, al igual que Enrique Miguel Olivetto, autor de similar concurso de delitos. En tanto que Edgardo Miguel Olivetto y Juan Alberto Muñoz fueron condenados a tres años de prisión en suspenso por el delito de asociación ilícita. Misma pena se impuso a Patricia Inés Valverde como autora de asociación ilícita y coautora de tenencia de armas de fuego de uso civil y de guerra. Por último, Alejandro Sergio Valverde fue condenado a un año de prisión en suspenso por tenencia de arma de fuego de uso civil.



Delegación de Comunicación Judicial

Segunda Circunscripción

 

 

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Durante tres días, magistradas, magistrados y agentes de Bariloche se capacitan en perspectiva de género, en el marco de lo dispuesto por la acordada 01/2019 del STJ que instituyó la participación obligatoria de todos los integrantes del poder judicial en adhesión a la ley Micaela.

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